miércoles, 26 de febrero de 2014

COPRODUCCIÓN (DAVID) DIFERENCIAS 226- 189

Artículo 226

Es un artículo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta mexicano que otorga un beneficio fiscal a las empresas (o individuos) privadas interesadas en destinar parte de sus impuestos a la producción cinematográfica nacional de México.
Las empresas pueden contribuir con hasta un 10% de su deuda tribuitaria del ejercicio fiscal anterior y recibir un crédito fiscal equivalente por el ejercicio fiscal actual.

Dicho monto no puede exceder los $20,000,000.00 (veinte millones de pesos) por empresa o por película. Ademas, el monto no puede superar el 80% del presupuesto total de la película.
Este 10% es parte del pago obligatorio que la empresa le debe a la Secretaria de Hacienda.

Al canalizarlo a la produccion de cine hay varios beneficios, que no existirían de otra manera y los cuales se negocian con el productor. Tales beneficios puede incluir la promocion indirecta de la marca o producto de la empresa contribuyente y/o una participación en las utilidades de la película.

http://www.chapulinfilms.com/articulo226.html

Artículo 189

El Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional (EFICINE) es un apoyo que se otorga a la industria cinematográfica por la producción y distribución de largometrajes, consistente en aplicar un crédito fiscal por el monto aportado a un proyecto de inversión en la producción o en la distribución por un contribuyente del Impuesto sobre la Renta (ISR).
El EFICINE permite a los particulares (personas físicas y morales) aportar recursos a un proyecto de inversión en la producción o en la distribución cinematográfica y disminuir el monto de su aportación del pago de su impuesto sobre la renta. El monto de la aportación al proyecto de inversión que corresponda (por la cual se autorizará un acreditamiento en el pago del ISR) no puede ser mayor de 20 millones de pesos por contribuyente aportante y proyecto de inversión en la producción, así como de dos millones de pesos para los proyectos de inversión en la distribución cinematográfica nacional, ni del 10% del ISR del contribuyente aportante en el ejercicio anterior.
El EFICINE tiene su fundamento legal en la Ley del Impuesto sobre la Renta, el artículo 189, en las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2014 y en los Lineamientos de Operación en la Producción o en la Distribución, según sea el caso, emitidos por el Instituto Mexicano de Cinematografía.


http://www.hacienda.gob.mx/eficine/Paginas/presentacion.aspx

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